Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa
Artículo 153
- Versión consultada
- 03 de septiembre de 2025
- Última actualización de la norma
- 03 de septiembre de 2025
- Página de origen
- 96
(53) Artículo 153.- Para la determinación de los requerimientos de capital neto, por su exposición a riesgos de mercado por operaciones del grupo RM-2, se aplicará el procedimiento indicado en el artículo 152 de estas disposiciones, utilizando al efecto el cuadro 2 que a continuación se indica.
Para efectos de lo previsto en la fracción II del citado artículo 152, se entenderá que las operaciones son de igual plazo cuando les vaya a ser aplicable en su liquidación el mismo nivel del INPC.
(53) Cuadro 2
(53) Tasa de interés real en moneda nacional
Zona Bandas Plazo por vencer Coeficiente de Cargo por Riesgo de Mercado (Porcentaje) 1 1 De 1 a 7 días 0.14%
2 De 8 a 31 días 0.81%
3 De 32 a 92 días 0.88%
4 De 93 a 184 días 1.01% 2 5 De 185 a 366 días 1.25%
6 De 367 a 731 días 1.73%
7 De 732 a 1,096 días 2.62% 3 8 De 1,097 a 1,461 días 3.95%
9 De 1,462 a 1,827 días 5.29%
10 De 1,828 a 2,557 días 7.29%
11 De 2,558 a 3,653 días 10.63%
12 De 3,654 a 5,479 días 13.42%
13 De 5,480 a 7,305 días 15.90%
14 Más de 7,306 días 19.66%
*Porcentaje
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- Publicación de la norma
- 09 de marzo de 2005
- Última actualización
- 03 de septiembre de 2025
- Fecha de esta versión
- 03 de septiembre de 2025
- Texto indexado
- 203 de 204 páginas