Disposiciones de carácter general aplicables a los organismos de fomento y entidades de fomento
Artículo 290
- Versión consultada
- 25 de julio de 2025
- Última actualización de la norma
- 25 de julio de 2025
- Página de origen
- 208
Calculando la diferencia léxica…
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(23) Artículo 290.- Los Organismos de Fomento y Entidades de Fomento se ajustarán a los Criterios Contables a los que se refieren las disposiciones del presente capítulo.
Salvo que se especifique lo contrario, los términos definidos en el artículo 1 de estas disposiciones no son aplicables al presente capítulo ni a los Anexos 37 y 38 de estas disposiciones. Asimismo, los términos definidos en los Anexos 37 y 38 de este cuerpo normativo no son aplicables al resto de las presentes disposiciones.
Fuente y vigencia
Verifica el texto oficial
- Publicación de la norma
- 01 de diciembre de 2014
- Última actualización
- 25 de julio de 2025
- Fecha de esta versión
- 25 de julio de 2025
- Texto indexado
- 252 de 252 páginas