Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades de ahorro y crédito popular, organismos de integración, sociedades financieras comunitarias y organismos de integración financiera rural, a que se refiere la ley de ahorro y credito popular
Artículo 21
- Versión consultada
- 25 de julio de 2025
- Última actualización de la norma
- 25 de julio de 2025
- Página de origen
- 29
(65) Artículo 21.- La Federación, en adición a lo señalado en los artículos 19 y 20 anteriores, tomará en cuenta, para efectos de proponer a la Comisión el Nivel de Operaciones que, en su caso, pueda asignarse a la sociedad o asociación que se pretende autorizar como Sociedad Financiera Popular, el análisis que realice sobre el monto de los activos o la proyección de éstos, utilizando para ello el formato a que se refiere el primer párrafo de la fracción VII del artículo 2 de las presentes disposiciones, mismo que integra el Anexo A, en relación con el capital contable de la interesada.
(65) Asimismo, la Federación deberá analizar el cumplimiento de los requisitos legales de los miembros de sus Consejos de administración y vigilancia, comisarios y funcionarios, en términos de lo dispuesto por la Sección Segunda del Capítulo I del Título Segundo de estas disposiciones, así como las bases relativas
a la organización y control interno que la sociedad o asociación que se pretende autorizar presente en términos del artículo 10, fracción III, de la Ley, como los aspectos señalados en las fracciones siguientes:
- (1)I.
Sistemas para la generación de información;
- (1)II.
Manuales de operación, y
- (1)III.
Equipos y sistemas de cómputo.
(65) Si una vez evaluados los aspectos anteriores, a juicio de la Comisión, la Sociedad Financiera Popular no cuenta con la capacidad técnica y operativa para llevar a cabo las operaciones correspondientes al Nivel de Operaciones propuesto, la Comisión podrá modificar dicho Nivel de Operaciones y asignar un nivel inferior.
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- Publicación de la norma
- 18 de diciembre de 2006
- Última actualización
- 25 de julio de 2025
- Fecha de esta versión
- 25 de julio de 2025
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